Términos y Condiciones de nuestro Rent a Car
STAR RENT A CAR
De una parte, TAXI HUÉRCAL-OVERA S.L.U., con domicilio en Avda. Felipe VI, 43, 04600 Huércal-Overa (Almería), y nombre comercial STAR RENT A CAR, en adelante, el Arrendador.
Y de otra parte, la persona física o jurídica cuyos datos figuran en el contrato de alquiler, en adelante, el Arrendatario.
Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para contratar, acuerdan suscribir el presente Contrato de Arrendamiento de Vehículos, que se regirá por las presentes condiciones generales y por las condiciones particulares reflejadas en el contrato.
El Arrendador entrega en arrendamiento al Arrendatario el vehículo descrito en el contrato, junto con sus llaves, documentación, accesorios y equipamiento, para su uso temporal y en las condiciones pactadas.
Desde el momento de la entrega y hasta su efectiva devolución al Arrendador, el Arrendatario asume la posesión, custodia y responsabilidad del vehículo, así como de cuantos daños, perjuicios, gastos, sanciones, responsabilidades o incumplimientos se deriven de su tenencia y uso, salvo en los supuestos legalmente imputables al Arrendador.
El Arrendatario declara recibir el vehículo en correcto estado aparente de funcionamiento, limpieza, mantenimiento y conservación, salvo las observaciones expresamente reflejadas en el contrato o en su anexo de daños.
Queda expresamente prohibido alterar, modificar o sustituir cualquier característica técnica, elemento mecánico, equipamiento, rotulación, accesorios o aspecto interior o exterior del vehículo sin autorización previa y escrita del Arrendador. En caso de incumplimiento, el Arrendatario deberá asumir el coste total de reposición o reparación, así como la indemnización correspondiente por la inmovilización del vehículo.
El vehículo será entregado y recibido en el estado descrito en el contrato o anexo de entrega.
Si el Arrendatario apreciara cualquier daño, defecto o anomalía no reflejada en el contrato, deberá comunicarlo al Arrendador antes de retirar el vehículo o antes de moverlo del punto de entrega, para que quede debidamente documentado.
Con la entrega del vehículo se facilitarán, en su caso:
llave o llaves del vehículo,
documentación obligatoria,
chalecos reflectantes,
triángulos o baliza V16,
neumático de repuesto o sistema equivalente,
herramientas y accesorios correspondientes.
El Arrendatario se compromete a devolver todos estos elementos en el mismo estado en que fueron entregados, salvo desgaste normal por uso diligente.
Únicamente podrán conducir el vehículo las personas identificadas y expresamente autorizadas en el contrato de alquiler.
Los conductores autorizados deberán:
ser mayores de 21 años, salvo que la tarifa o categoría exija una edad superior,
ser titulares de un permiso de conducir válido y en vigor,
acreditar una antigüedad mínima de 2 años en el permiso de conducción, salvo condiciones particulares más restrictivas para determinadas categorías.
Serán válidos en España:
los permisos expedidos conforme a la legislación española,
los permisos expedidos por Estados miembros de la Unión Europea,
los permisos internacionales o expedidos por otros países que sean legalmente válidos en España.
El Arrendador podrá denegar la entrega del vehículo si el conductor no acredita documentalmente el cumplimiento de estos requisitos.
Todos los conductores autorizados responderán solidariamente junto con el Arrendatario de las obligaciones derivadas del contrato.
El Arrendatario se compromete a utilizar el vehículo con la máxima diligencia, conforme a la legislación vigente, las normas de circulación, las especificaciones del fabricante y las instrucciones del Arrendador.
Asimismo, se obliga a:
mantener el vehículo cerrado y debidamente asegurado cuando no lo utilice,
custodiar con diligencia la documentación, llaves y accesorios,
vigilar los niveles y testigos del vehículo,
detener el vehículo inmediatamente cuando se encienda un testigo de avería o se detecte un funcionamiento anómalo,
contactar de inmediato con el Arrendador o con la asistencia autorizada.
Será responsabilidad del Arrendatario borrar, antes de la devolución, los datos personales que hubiera introducido en los sistemas del vehículo, tales como direcciones, teléfonos enlazados, historiales de navegación u otros datos de uso personal.
Queda expresamente prohibido:
conducir bajo los efectos de alcohol, drogas, estupefacientes, medicamentos incompatibles con la conducción o fatiga manifiesta,
permitir la conducción a personas no autorizadas,
subarrendar, ceder, vender, empeñar o disponer del vehículo sin autorización,
empujar o remolcar otros vehículos u objetos,
participar en competiciones, carreras, entrenamientos, pruebas de resistencia o conducción temeraria,
transportar mercancías peligrosas, ilegales o contrarias a derecho,
utilizar el vehículo para la comisión de delitos o actividades ilícitas,
circular por caminos, pistas, zonas inundadas, terrenos no aptos o lugares que puedan comprometer la integridad del vehículo, salvo autorización expresa,
sobrepasar el número máximo de ocupantes o la carga autorizada,
manipular el cuentakilómetros, GPS, precintos, llaves, centralitas o sistemas electrónicos,
instalar accesorios o elementos sobre el techo, carrocería o interior sin autorización,
utilizar el vehículo fuera del ámbito geográfico autorizado en el contrato.
El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones facultará al Arrendador para resolver el contrato, recuperar el vehículo y reclamar todos los daños, gastos, sanciones, perjuicios y lucro cesante que correspondan.
Salvo pacto expreso, el vehículo solo podrá circular dentro del ámbito territorial autorizado en el contrato.
La circulación fuera de España o fuera del territorio expresamente autorizado requerirá autorización previa y escrita del Arrendador, así como, en su caso, el pago del suplemento correspondiente.
La salida al extranjero sin autorización supondrá incumplimiento grave del contrato, pudiendo quedar sin efecto las limitaciones de responsabilidad o coberturas opcionales contratadas.
La duración del alquiler será la establecida en el contrato.
El Arrendatario deberá devolver el vehículo en la fecha, hora y lugar pactados. Solo se entenderá finalizado el alquiler cuando el vehículo, sus llaves y accesorios hayan sido efectivamente entregados y recepcionados por el Arrendador.
El alquiler se facturará por períodos de 24 horas desde la hora de inicio pactada.
Se establece un período de cortesía de 60 minutos. Superado dicho plazo, podrá facturarse un día adicional de alquiler conforme a la tarifa vigente.
Si el Arrendatario desea ampliar la duración del alquiler, deberá solicitarlo antes del vencimiento del contrato y obtener autorización expresa del Arrendador. La prórroga no se entenderá concedida por el mero mantenimiento de la posesión del vehículo ni por la existencia de fianza depositada.
La devolución en lugar distinto al inicialmente pactado podrá generar cargos adicionales.
La devolución anticipada del vehículo no dará derecho al reembolso de cantidades ya abonadas, salvo pacto expreso por escrito.
Cuando la devolución se realice fuera de horario, mediante depósito de llaves, sin presencia del Arrendatario o en condiciones que impidan una revisión completa e inmediata, el Arrendador podrá efectuar una inspección posterior del vehículo.
Los daños, faltantes, incidencias, combustible pendiente, suciedad extraordinaria o cualquier otra anomalía detectada en dicha revisión posterior podrán ser comunicados al Arrendatario y reclamados, siempre que el Arrendador disponga de soporte documental suficiente, incluyendo fotografías, peritación, presupuesto o informe interno de recepción.
Las reservas se realizan por categoría de vehículo, no por marca, modelo, color, motorización o equipamiento concreto.
El Arrendador podrá entregar un vehículo de categoría equivalente o superior si, por razones operativas, de disponibilidad, avería, fuerza mayor o incidencias de flota, no pudiera entregar el inicialmente previsto.
El Arrendador se reserva el derecho de no entregar el vehículo o de cancelar la reserva si existen dudas razonables sobre la identidad, solvencia, capacidad de pago, aptitud para conducir, estado físico del conductor, validez de la documentación o antecedentes de impagos o incidencias graves con el Arrendador.
El precio del alquiler será el reflejado en el contrato, conforme a la tarifa vigente y a los servicios efectivamente contratados.
El precio incluye únicamente los conceptos expresamente indicados en el contrato. No incluye extras, coberturas opcionales, combustible, excesos de kilometraje, entregas especiales, penalizaciones, daños, sanciones o cargos adicionales, salvo pacto expreso.
Los medios de pago admitidos serán:
reservas web: tarjeta de crédito o débito,
contratación en oficina: tarjeta y, en su caso, efectivo dentro de los límites legales,
fianzas: tarjeta de crédito o débito.
No podrá iniciarse ningún alquiler no abonado previamente.
En alquileres superiores a 30 días, los importes vencerán al inicio de cada período pactado.
En caso de impago, el Arrendador podrá resolver anticipadamente el contrato y reclamar judicial o extrajudicialmente las cantidades adeudadas, intereses, gastos y costes de recobro.
El Arrendatario autoriza al Arrendador a cargar en los medios de pago aportados todos los importes derivados del contrato, incluidos alquiler, extras, combustible, daños, sanciones, gestiones, prolongaciones, penalizaciones y demás cargos previstos en estas condiciones.
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas, el Arrendatario deberá constituir una fianza o depósito de garantía al formalizar el contrato.
La fianza responderá de:
daños y desperfectos,
combustible pendiente,
excesos de kilometraje,
retrasos,
accesorios o documentación no devueltos,
limpieza extraordinaria,
multas, peajes y gastos administrativos,
impagos y cualquier otra obligación derivada del contrato.
La fianza será devuelta o desbloqueada una vez verificado el correcto estado del vehículo y comprobada la inexistencia de cantidades pendientes, sin perjuicio del plazo que pueda aplicar la entidad financiera para reflejar dicha operación.
La fianza no podrá aplicarse automáticamente a una prórroga del alquiler, salvo autorización expresa del Arrendador.
El cliente podrá cancelar la reserva conforme a las siguientes condiciones:
Más de 7 días hábiles antes del inicio del alquiler: sin coste.
Entre 7 días hábiles y 48 horas antes del inicio del alquiler: penalización del 30% del importe total de la reserva.
Menos de 48 horas antes del inicio del alquiler o no presentación del cliente: penalización del 100% del importe total de la reserva.
El vehículo y las condiciones de la reserva se mantendrán disponibles hasta 2 horas después de la hora pactada. Transcurrido dicho plazo sin retirada del vehículo, el Arrendador no garantiza la disponibilidad del vehículo ni el mantenimiento de las condiciones inicialmente reservadas, y podrá considerarse la reserva como no presentada.
De conformidad con la normativa vigente en materia de consumidores, no será aplicable derecho de desistimiento al tratarse de un servicio de alquiler de vehículos con fecha o período de ejecución determinado.
En contratos de renting o alquiler de larga duración, la devolución anticipada por causa imputable al Arrendatario podrá conllevar:
la pérdida de bonificaciones o descuentos aplicados,
la regularización de la tarifa al precio estándar vigente,
una penalización económica conforme a las condiciones particulares del contrato,
y la compensación de las cantidades pendientes, daños o perjuicios causados.
Salvo pacto distinto en condiciones particulares, en contratos de entre 3 y 36 meses la resolución anticipada por causa imputable al Arrendatario podrá dar lugar a una penalización equivalente a 3 mensualidades, además de la aplicación total o parcial de la fianza a los importes debidos.
El vehículo se entregará con el nivel de combustible indicado en el contrato, normalmente lleno.
El Arrendatario deberá devolverlo con el mismo nivel. En caso contrario, se le facturará:
el combustible faltante al precio de la estación de servicio más cercana,
más un cargo de servicio de 30 € por gestión de repostaje.
En vehículos que utilicen AdBlue u otros aditivos, el Arrendatario será responsable de mantener el nivel adecuado y de los daños ocasionados por un uso incorrecto o por la falta de reposición cuando proceda.
El repostaje con combustible incorrecto será a cargo íntegro del Arrendatario, incluyendo grúa, vaciado, reparación, repostaje correcto, inmovilización y cargo de servicio.
El kilometraje incluido en el alquiler será el indicado en el contrato o tarifa aplicada.
El exceso de kilometraje será facturado conforme a la tarifa vigente o a los importes establecidos en las condiciones particulares.
El kilometraje se medirá por el cuentakilómetros del vehículo o, en caso de avería o manipulación, por sistemas de control, geolocalización o cálculo técnico razonable.
El contrato incluye, salvo indicación distinta:
seguro obligatorio de responsabilidad civil,
responsabilidad civil complementaria,
defensa jurídica,
asistencia en carretera,
y, en su caso, las coberturas expresamente indicadas en el contrato.
El Arrendatario podrá contratar coberturas opcionales o limitaciones de responsabilidad mediante el pago del suplemento correspondiente.
Las franquicias, límites y exclusiones aplicables dependerán de la categoría del vehículo y de la cobertura contratada, y estarán disponibles para su consulta en la oficina o documentación comercial del Arrendador.
El Arrendador no será responsable del incumplimiento de prestaciones asumidas directamente por terceros aseguradores o empresas de asistencia, sin perjuicio de los derechos que correspondan al Arrendatario frente a dichos terceros.
El Arrendatario responderá del importe total de los daños, perjuicios y gastos ocasionados cuando concurra cualquiera de los siguientes supuestos:
conducción por persona no autorizada,
conducción bajo alcohol, drogas, medicamentos incompatibles o fatiga,
negligencia grave o conducción contraria a las normas de circulación,
dolo, mala fe o uso ilícito del vehículo,
incumplimiento de las condiciones de uso del vehículo,
sobrecarga, exceso de pasajeros o uso indebido,
circular por vías o terrenos no aptos,
golpes en partes altas o bajas del vehículo,
daños en techo, bajos, cárter, embrague, caja de cambios, ejes, ruedas o llantas,
vuelco, salida de vía o colisión por alcance,
repostaje incorrecto,
pérdida o rotura de llaves o mandos,
robo por negligencia grave, especialmente si se dejan las llaves puestas o el vehículo abierto,
daños interiores, tapicería, cerraduras o accesorios,
falta de parte amistoso, atestado o comunicación del siniestro en plazo,
falsedad o inexactitud en la declaración del accidente,
omisión del deber de colaboración con el Arrendador.
El Arrendatario deberá devolver el vehículo en el mismo estado en que lo recibió, salvo desgaste normal por uso diligente.
Será responsable de:
daños exteriores e interiores,
pérdida total o parcial,
robo,
falta de limpieza,
deterioros por uso negligente,
daños mecánicos imputables,
pérdida de accesorios, documentación o llaves.
Los daños podrán valorarse mediante:
tabla de daños,
peritación,
presupuesto de taller,
informe técnico,
foto-peritación,
o cualquier otro medio objetivo y razonable.
El Arrendatario tendrá derecho a recibir justificación documental de los cargos y, en caso de disconformidad, podrá aportar peritación contradictoria.
El Arrendador podrá reclamar, además del coste de reparación:
gastos de grúa,
peritajes,
costes administrativos,
foto-peritación,
gastos legales,
lucro cesante por inmovilización del vehículo,
y daño emergente.
En caso de accidente, robo, incendio, actos vandálicos, daños por animales o fenómenos naturales, el Arrendatario deberá:
comunicarlo inmediatamente al Arrendador y, en todo caso, dentro de las 24 horas siguientes,
avisar a la policía o autoridad competente cuando proceda o sea recomendable,
cumplimentar correctamente la declaración amistosa de accidente, si existe contrario,
solicitar presencia policial si el contrario no firma, hay heridos, el vehículo queda inmovilizado o existen dudas sobre la responsabilidad,
remitir al Arrendador copia del parte o denuncia y entregar el original en el plazo máximo de 7 días.
El Arrendatario no deberá abandonar el vehículo sin adoptar medidas razonables para su protección.
En caso de robo, deberá aportar denuncia policial y entregar, si dispone de ellas, las llaves originales del vehículo.
El robo, siniestro o avería no implican automáticamente la obligación del Arrendador de facilitar un vehículo de sustitución.
El Arrendatario será responsable de todas las multas, sanciones, peajes, gastos de parking, accesos restringidos, inmovilizaciones, incautaciones y demás cargos derivados del uso del vehículo durante el período de alquiler.
Además, el Arrendador podrá repercutir un cargo administrativo de 40 € por gestión de multas o identificación del conductor ante organismos competentes.
El Arrendatario autoriza expresamente el cargo de dichos importes en el medio de pago facilitado.
El desgaste mecánico normal del vehículo será de cuenta del Arrendador.
Toda reparación, mantenimiento extraordinario o intervención sobre el vehículo durante el alquiler deberá ser previamente autorizada por el Arrendador. En caso contrario, el Arrendador podrá rechazar el reintegro de cualquier gasto.
Si se autorizara una reparación, el Arrendatario deberá aportar factura a nombre del Arrendador.
Podrán repercutirse al Arrendatario, además del precio del alquiler, los siguientes conceptos:
combustible faltante y servicio de repostaje,
repostaje incorrecto,
multas y su gestión,
duplicado, reposición o envío de llaves,
paralización del vehículo por pérdida o rotura de llaves,
pérdida o deterioro de accesorios y neumáticos,
pérdida de documentación,
limpieza extraordinaria,
daños por tabaco, olores, manchas o transporte inadecuado,
reposición de rotulación o vinilos deteriorados,
gastos por retirada, recuperación o incautación del vehículo,
gastos por inmovilización y lucro cesante.
Todos los importes estarán sujetos a impuestos conforme a la legislación aplicable.
El vehículo deberá devolverse en un estado razonable de limpieza.
Si el vehículo requiriese una limpieza extraordinaria, desinfección, eliminación de olores, limpieza por restos orgánicos, tabaco, pelos de animales, arena excesiva, manchas intensas o similares, se aplicarán los cargos correspondientes.
Salvo autorización expresa, está prohibido fumar en el interior del vehículo.
El Arrendador no será responsable de objetos, dinero, documentación o efectos personales dejados, olvidados o transportados en el vehículo.
El vehículo puede incorporar sistemas de geolocalización, telemetría o control remoto.
El Arrendatario conoce y acepta su existencia y funcionamiento con finalidades de:
seguridad y protección del vehículo,
localización en caso de robo, apropiación indebida o uso no autorizado,
gestión de flota,
verificación contractual,
y prevención del fraude.
Queda prohibida cualquier manipulación, desactivación o alteración de estos sistemas. Su manipulación podrá ser causa de resolución inmediata del contrato y dará lugar a la correspondiente reclamación de daños.
El Arrendatario incurrirá en mora automáticamente al día siguiente del vencimiento de cualquier obligación de pago sin necesidad de requerimiento previo.
En caso de mora, el Arrendador podrá reclamar:
el principal adeudado,
intereses legales incrementados en tres puntos,
gastos de reclamación,
costes extrajudiciales o judiciales,
y cuantos importes deriven del incumplimiento.
Los datos del Arrendatario podrán ser comunicados a sistemas comunes de información crediticia, conforme a la legislación vigente, en caso de impago cierto, vencido y exigible.
El Arrendador podrá resolver de forma anticipada el contrato y exigir la devolución inmediata del vehículo en caso de incumplimiento por el Arrendatario de cualquiera de las obligaciones esenciales del contrato, y especialmente en caso de:
impago,
uso prohibido,
falsedad documental,
conducción no autorizada,
salida del territorio no autorizada,
manipulación del GPS o cuentakilómetros,
negativa a devolver el vehículo,
o riesgo grave para el vehículo o terceros.
La resolución del contrato no limitará el derecho del Arrendador a reclamar todos los daños, perjuicios, gastos e importes pendientes.
El Arrendatario podrá dirigir consultas, incidencias o reclamaciones a:
STAR RENT A CAR
Avda. Felipe VI, 43
04600 Huércal-Overa (Almería)
Email: rentacarho@gmail.com
Teléfonos: 607 626 905 / 670 430 430
El Arrendador dispone de hojas de reclamaciones a disposición del cliente conforme a la normativa vigente.
Los datos personales facilitados por el Arrendatario serán tratados por TAXI HUÉRCAL-OVERA S.L.U., como responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar la reserva, formalizar y ejecutar el contrato de alquiler, atender incidencias, gestionar cobros, fianzas, daños, multas, reclamaciones, obligaciones legales y, en su caso, remitir comunicaciones comerciales si el cliente lo autoriza expresamente.
La base jurídica del tratamiento será:
la ejecución del contrato,
el cumplimiento de obligaciones legales,
el interés legítimo del responsable en la defensa de sus derechos,
y el consentimiento del interesado para comunicaciones comerciales.
Los datos podrán conservarse durante los plazos legales exigibles y ser comunicados a aseguradoras, empresas de asistencia, talleres, entidades financieras, proveedores tecnológicos, organismos públicos y autoridades cuando resulte necesario o exista obligación legal.
El cliente podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad dirigiéndose al Arrendador en la dirección postal o correo electrónico indicados, acompañando copia de documento identificativo.
Asimismo, podrá presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Las comunicaciones comerciales por email, SMS o WhatsApp requerirán consentimiento expreso del cliente, que deberá recabarse de forma separada.
El presente contrato se rige por la legislación española.
Para cuantas cuestiones litigiosas pudieran derivarse de su interpretación, cumplimiento o ejecución, serán competentes los Juzgados y Tribunales que correspondan conforme a la normativa aplicable.
El Arrendador manifiesta expresamente su voluntad de no someterse a las Juntas Arbitrales de Transporte, en los casos en que legalmente proceda dicha posibilidad.